El programa Indartu subvenciona las inversiones en activos fijos nuevos, que se lleven a cabo en la Zona Margen Izquierda y otros municipios cuya tasa de desempleo sea superior a la media anual de Euskadi, siempre que vayan acompañados de mantenimiento y/o creación de empleo.
¿Cuál es el objeto de la ayuda?
Subvencionar a las empresas que realicen inversión productiva que conlleve mejora competitiva y desarrollo económico, destinadas a la creación y/o ampliación de capacidad productiva, en la Zona Margen Izquierda Ampliada y en otros municipios con una tasa de desempleo superior al 5 % de la media anual de la Comunidad Autónoma del País. Así como contribuir a la dinamización económica de la zona generando empleo Vasco.
¿Quiénes son los beneficiarios?
Podrán acceder a las subvenciones contempladas en la presente Orden las Grandes Empresas y las Pequeñas y Medianas Empresas (PYME) que cumplan con la característica de ser industriales extractivas, transformadoras, productivas y de servicios conexos ligados al producto-proceso industrial del País Vasco. Así como, las que ofrecen servicios vinculados a infraestructuras digitales y las de servicios logísticos, excluido el transporte, cuyas inversiones objeto de la ayuda se localicen en la Zona Margen Izquierda.
¿Cuáles son los gastos subvencionables?
Se considera inversión subvencionable, adquisición de activos fijos que se incorporen al activo de la empresa, en alguna de las categorías, en los epígrafes siguientes:
- 203 Propiedad Industrial y Patentes.
- 206 Aplicaciones informáticas.
- 210 Terrenos y Bienes naturales.
- 211 Construcciones.
- 212 Instalaciones técnicas.
- 213 Maquinaria.
- 214 Utillaje.
- 215 Otras instalaciones.
- 217 Equipos para procesos de información
La inversión en «Terrenos y Bienes naturales» y «Construcciones» se considerará por una cuantía máxima igual al resto de los activos subvencionables. En el caso de superar dicha cuantía máxima, la inversión excedente no computará como inversión subvencionable. Esta misma medida, se aplicará a la realización de almacenes de logística que conlleven inversiones de dichas características.
Los recursos propios de la empresa, excluidas las subvenciones, alcancen, al menos, el 25 % del importe de la inversión considerada subvencionable.
Inversión mínima:
- 1.500.000€ para Grandes empresas
- 200.000€ para Pymes
¿Cuantía de la ayuda?
- Para las grandes empresas el 10 % de la inversión susceptible de apoyo.
- Para las pymes el 15 % de la inversión susceptible de apoyo.
La intensidad de ayuda se verá incrementada en cinco puntos porcentuales (5 %) en el caso de pymes que realicen inversiones en los municipios situados en la Zona Margen Izquierda Ampliada de la Comunidad Autónoma de Euskadi.
Las subvenciones tendrán un límite máximo que, en ningún caso, podrá superar la cantidad de 3.000.000,00 euros por empresa.
¿Cuál es el plazo para solicitar la ayuda?
Desde el 10 de abril al 28 de junio de 2024
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