El Programa INNOVA INVEST, financiado con Fondos Europeos, apoya la inversión extranjera en I+D.

¿Cuál es el objeto de la ayuda?

Promocionar inversiones en España de empresas extranjeras con un alto componente innovador, favoreciendo su integración con el tejido productivo e investigador nacional, contribuyendo a mejorar la competitividad y productividad de la economía española.

¿Quiénes son los beneficiarios?

  • Pueden ser PYMES o pequeñas empresas de mediana capitalización (hasta 499 empleados).
  • Con una participación extranjera de al menos el 50% de su capital social.

¿Cuáles son los gastos subvencionables?

Las ayudas se destinarán a cubrir los costes relacionados con el desarrollo y ejecución de las actividades para las que hayan sido concedidas:

  • Costes de personal (investigadores, técnicos y personal auxiliar) dedicados al proyecto.
  • Costes de instrumental y material (incluye amortización).
  • Edificios y terrenos: Los edificios son subvencionables únicamente en los costes de amortización durante el período del proyecto. En el caso de terrenos, se financian los costes.
  • Costes de investigación contractual, patentes y conocimientos adquiridos.
  • Gastos generales y costes indirectos (hasta un 15% de los costes directos de personal subvencionables).

El importe mínimo del conjunto de los conceptos subvencionables incluidos en cada solicitud debe ser de 500.000 euros elegibles.

El plazo de ejecución del programa INNOVA INVEST es durante los años 2025-2026. Las empresas beneficiarias tendrán este período para realizar las inversiones y ejecutar los proyectos aprobados.

¿Cuantía de la ayuda?

La subvención se determinará como un porcentaje de los conceptos subvencionables en función del tamaño de la empresa y la tipología del proyecto, cuya intensidad máxima no podrá superar los siguientes porcentajes:

  • Investigación industrial:
    • Empresas pequeñas de mediana capitalización: 50%
  • Desarrollo experimental:
    • Pequeñas empresas: 45%
    • Medianas empresas: 35%
    • Empresas pequeñas de mediana capitalización: 25%

La subvención máxima por beneficiario es de 800.000 euros.

¿Cuál es el plazo para solicitar la ayuda?

El plazo de presentación comprende desde el 29 de enero al 8 de abril de 2025.

Solicita más información y te gestionamos tu solicitud de ayuda

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