Ayuda para apoyar el posicionamiento, consolidación, diversificación e implantación de las empresas en los mercados exteriores.

¿Cuál es el objeto de la ayuda?

La presente orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras de programas que tengan como finalidad apoyar el posicionamiento, consolidación, diversificación e implantación de la presencia de las empresas constituidas en España en los mercados exteriores, de forma que su presencia en los mismos sea duradera y su posición internacional diversificada. Se trata de ofrecer a las empresas españolas una palanca de apoyo para el inicio y afianzamiento de su presencia en los mercados internacionales hacia los que proyecten su actividad. Los recursos económicos destinados a la finalidad establecida ascienden a la cantidad de 3.000.000 de euros.

¿Quiénes son los beneficiarios?

Podrán obtener la condición de beneficiarias de las subvenciones las empresas que cumplan los siguientes requisitos:

  1. Estar constituidas legalmente en España.
  2. No tener contraída ninguna deuda con ICEX.
  3. No estar incurso en alguna de las circunstancias enumeradas en los apartados 2 y 3 y, en su caso, 3 bis, todos ellos del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
  4. No encontrarse en situación de «empresa en crisis». Se considerará que una empresa está en esta situación si concurre al menos una de las circunstancias descritas en el párrafo 20 de la Comunicación de la Comisión Europea. Directrices sobre ayudas estatales de salvamento y de reestructuración de empresas no financieras en crisis (2014/C 249/01).
  5. No haber resultado beneficiaria, como única empresa, durante los tres últimos años, de ayudas, sujetas al régimen de minimis cuyo importe global, sumado al de la ayuda que ahora se solicita, supere los 300.000 euros.
  6. Autorizar expresamente al ICEX para la solicitud al Departamento de Aduanas e Impuestos Especiales de la Agencia Estatal de Administración Tributaria de la información sobre el comercio exterior de la empresa solicitante y potencial beneficiaria de la ayuda y autorizar la cesión de datos a ICEX para la inclusión en el Directorio de Exportadores Españoles en la sede electrónica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
  7. Cumplir con la normativa vigente en materia de igualdad de trato y oportunidades entre hombres y mujeres en el empleo y la ocupación.

¿Cuáles son los gastos subvencionables?

Se informará sobre los gastos subvencionables de la ayuda una vez se publique la convocatoria de la ayuda.

¿Cuantía de la ayuda?

La subvención será como máximo el 70 % de los gastos considerados como susceptibles de subvención, pudiendo tener un límite máximo de 300.000 euros por beneficiario, independientemente del número de proyectos apoyados.

¿Cuál es el plazo para solicitar la ayuda?

31 de diciembre de 2024, o a la finalización del presupuesto.

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