Ayuda para realizar proyectos de mejora o de innovación en la empresa, mediante digitalización básica y avanzada.
¿Cuál es el objeto de la ayuda?
Este programa tiene como finalidad que las empresas mejoren su posición competitiva mediante digitalización básica y avanzada contribuyendo también a reducir su huella ecológica.
La puesta en práctica de este programa se llevará a cabo a través de dos líneas de subvención:
- Línea 1: Subvenciones para proyectos de digitalización básica.
- Línea 2: Subvenciones para proyectos de digitalización avanzada.
Las subvenciones del presente decreto foral serán compatibles con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera Administraciones o entes públicos o privados.
¿Quiénes son los beneficiarios?
Para empresas de Bizkaia con plantilla de 5 a 250 personas y cuya actividad se encuadre en los sectores de la Industria, Transporte, Construcción, Servicios conexos con a industria, Turismo y Comercio al por Mayor.
¿Cuáles son los gastos subvencionables?
Línea 1 – Básica:
Hecho subvencionable: Tendrá la consideración de hecho subvencionable los proyectos de mejora o de innovación en la empresa, mediante digitalización básica, que afecte a sus procesos de generación de valor. El hecho subvencionable es la implantación de la TEIC en la empresa.
Cuando la empresa haya elaborado un plan de digitalización básica durante los años 2023, 2024 o 2025 y cuente con un informe de resultados análogo a lo establecido en la normativa, podrá integrarse dentro del hecho subvencionable el acompañamiento por agentes expertos para el asesoramiento en el proyecto si éste forma parte de su plan de digitalización básica, siempre y cuando el proyecto no haya sido iniciado con anterioridad a la redacción del plan.
Gastos subvencionables. Se considerarán subvencionables los siguientes costes, en las categorías indicadas:
- Inversiones en hardware y software.
- [sólo si se cuenta con plan] Gastos de acompañamiento por agentes expertos, para el asesoramiento en la gestión del proyecto.
- [sólo si se cuenta con plan] Gastos de nueva contratación de personal tecnólogo.
Línea 2 – Avanzada:
Hecho Subvencionable: Tendrá la consideración de hecho subvencionable los proyectos de mejora o de innovación en la empresa, mediante digitalización avanzada, que afecte a sus procesos de generación de valor, a sus productos/servicios o a su modelo de negocio.
Gastos Subvencionables. Se considerarán subvencionables los siguientes costes, en las categorías indicadas:
- Inversiones en inmovilizado, dentro de las categorías del Plan General de Contabilidad siguientes:
- 206 Aplicaciones informáticas.
- 212 Instalaciones técnicas.
- 213 Maquinaria.
- 215 Otras instalaciones.
- 217 Equipos para procesos de información.
- Gastos internos del personal destinado al proyecto, en lo que se refiere a trabajo dedicado al proyecto.
- [sólo si se cuenta con plan] Gastos de acompañamiento por agentes expertos, para el asesoramiento en la gestión del proyecto.
- [sólo si se cuenta con plan] Gastos de nueva contratación de personal tecnólogo.
¿Cuantía de la ayuda?
- Línea 1: El importe de las ayudas se obtendrá de la aplicación de los siguientes porcentajes, sobre la base de gasto que se considere subvencionable. No se concederán ayudas inferiores a 3.000 euros.
- Línea 2: El importe de las ayudas se obtendrá de la aplicación de porcentajes, sobre la base de gasto que se considere subvencionable de cada categoría de coste. No se concederán ayudas inferiores a 6.000 euros.
¿Cuál es el plazo para solicitar la ayuda?
Línea 1: Desde el 5 de mayo hasta el 13 de junio de 2025.
Líneas 2: Desde el 5 hasta hasta el 23 de mayo de 2025 2025.
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