Kontsumobide abre una campaña de adhesión de comercios al Sistema Arbitral de Consumo
El Sistema Arbitral de Consumo resuelve los conflictos en un plazo máximo de 90 días, evitando costosos y prolongados litigios judiciales para las partes afectadas.
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Kontsumobide-Instituto Vasco de Consumo ha puesto en marcha una campaña para adherir nuevos comercios al Sistema Arbitral de Consumo. Mediante este llamamiento, que finalizará a mediados de diciembre, se busca que nuevos establecimientos comerciales se sumen a este sistema que cuenta con más de 16.000 empresas adheridas en este momento.
¿Qué es el Sistema Arbitral de Consumo?
El Sistema Arbitral de Consumo es una vía alternativa y eficiente para la resolución de disputas relacionadas con el consumo. Este sistema extrajudicial ofrece numerosos beneficios tanto para las empresas como para los consumidores. La adhesión supone un valor añadido para las empresas, ya que demuestra su compromiso con la calidad y la protección de los derechos de los consumidores.
Es un sistema rápido que resuelve los conflictos en un plazo máximo de 90 días y evitando costosos y prolongados litigios judiciales, lo que se traduce en un ahorro de tiempo y recursos significativo.
Para las empresas, la incorporación al Sistema Arbitral de Consumo implica una mejora en la percepción de sus productos y servicios. Ofrecen a los consumidores una garantía adicional en sus compras, lo que refuerza la confianza y la lealtad de sus clientes. Además, al figurar en el censo de empresas adheridas, pueden ser fácilmente identificadas por los consumidores a través de la web de Kontsumobide-Instituto Vasco de Consumo. Esto brinda a las empresas una ventaja competitiva, ya que los consumidores suelen preferir a aquellas que demuestran un compromiso claro con la resolución de disputas de manera justa y eficaz.
La Junta Arbitral de Consumo es el órgano administrativo que se encarga de dirigir el procedimiento. Existen dos órganos arbitrales encargados de resolver el conflicto de consumo dependiendo de la cuantía que se reclame:
- Órgano Arbitral Unipersonal: para reclamaciones inferiores a 300€
- Colegio Arbitral: al cargo de reclamaciones superiores a 300€. Se constituye por tres personas: una representando al sector empresarial, otra a las Asociaciones de Personas Consumidoras, y otra a la Administración.
¿Cómo funciona el procedimiento arbitral?
El procedimiento arbitral de consumo sigue una serie de pasos que buscan una resolución justa y eficiente de los litigios entre las personas consumidoras y las empresas.
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- La Junta Arbitral de Consumo notifica a la empresa reclamada la solicitud de arbitraje presentada por el consumidor.
- Se inicia una fase de mediación en la que se intenta lograr un acuerdo entre ambas partes sin recurrir a los órganos arbitrales.
- Si no se alcanza un acuerdo en la fase de mediación, se procede al convenio arbitral. En este punto, tanto la empresa como el consumidor acuerdan someterse al sistema arbitral. Si la empresa ya está adherida al sistema, el convenio es automático; en caso contrario, dispone de un plazo de 15 días para aceptarlo.
- Se lleva a cabo una audiencia de las partes, en la cual cada una tiene la oportunidad de presentar sus alegaciones y pretensiones.
- Se pueden practicar pruebas periciales si el Colegio Arbitral lo considera necesario, y las partes también pueden solicitar pruebas adicionales, cuyos costos serán cubiertos por quien las solicite.
- El laudo arbitral representa la decisión de los órganos arbitrales y tiene carácter vinculante, de obligado cumplimiento para ambas partes, equivalente a una sentencia judicial. Este proceso garantiza una solución rápida y efectiva para los litigios de consumo, promoviendo la justicia y la protección de los derechos de los consumidores.